{"id":1279,"date":"2026-03-18T08:35:56","date_gmt":"2026-03-18T13:35:56","guid":{"rendered":"https:\/\/balancelegal.co\/?p=1279"},"modified":"2026-03-18T08:35:56","modified_gmt":"2026-03-18T13:35:56","slug":"47-tributario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/balancelegal.co\/?p=1279","title":{"rendered":"47-TRIBUTARIO"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Cuando cae el fundamento jur\u00eddico del tributo: efectos de la inconstitucionalidad y nulidad de actos particulares<\/h2>\n\n\n\n<p>Introducci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>En el derecho tributario y administrativo, pocas discusiones generan tanta incertidumbre como los efectos en el tiempo de las sentencias de inconstitucionalidad y de nulidad de actos generales. \u00bfQu\u00e9 ocurre con los actos particulares expedidos con base en una norma que luego es expulsada del ordenamiento jur\u00eddico? \u00bfDebe el contribuyente pagar mientras se discute la legalidad? \u00bfProcede la reliquidaci\u00f3n o, por el contrario, desaparece completamente la obligaci\u00f3n?<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia del Consejo de Estado, expediente 29651 de 2025, en el caso Celsia Colombia S.A. ESP, ofrece respuestas claras y t\u00e9cnicamente s\u00f3lidas a estos interrogantes, convirti\u00e9ndose en una referencia obligada para abogados y asesores que litigan contribuciones especiales y tasas administrativas.<\/p>\n\n\n\n<p>Desarrollo<\/p>\n\n\n\n<p>El litigio se origin\u00f3 en la liquidaci\u00f3n de la tasa de vigilancia correspondiente al a\u00f1o 2020, determinada por la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios con fundamento en el art\u00edculo 18 de la Ley 1955 de 2019 y en la Resoluci\u00f3n SSPD 20201000033335 de 2020.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante el tr\u00e1mite del proceso, el marco normativo que sustentaba la contribuci\u00f3n sufri\u00f3 un cambio sustancial: la Corte Constitucional declar\u00f3 la inconstitucionalidad del art\u00edculo 18 de la Ley 1955 de 2019, y posteriormente el Consejo de Estado anul\u00f3 el art\u00edculo 2 de la resoluci\u00f3n que fijaba la base y la tarifa de la tasa para el a\u00f1o 2020, por vulnerar el principio de irretroactividad tributaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante este escenario, la Sala Cuarta del Consejo de Estado precis\u00f3 que la anulaci\u00f3n del acto general produce efectos generales e inmediatos sobre las controversias en curso relacionadas con actos particulares que se hubieran expedido con base en aquel. En consecuencia, al desaparecer el fundamento jur\u00eddico de la liquidaci\u00f3n, los actos particulares pierden su soporte legal y deben ser anulados.<\/p>\n\n\n\n<p>Un aspecto central del fallo es la negativa a ordenar la reliquidaci\u00f3n del tributo con base en el art\u00edculo 85 de la Ley 142 de 1994. La Sala fue enf\u00e1tica en se\u00f1alar que los actos demandados se fundamentaron exclusivamente en el art\u00edculo 18 de la Ley 1955 de 2019 y no en la normativa anterior. Por ello, el restablecimiento del derecho no pod\u00eda consistir en una nueva liquidaci\u00f3n, sino en declarar la inexistencia de la deuda y ordenar la devoluci\u00f3n de lo pagado.<\/p>\n\n\n\n<p>Este razonamiento refuerza un principio clave: la Administraci\u00f3n no puede subsanar, en sede judicial, la falta de fundamento jur\u00eddico del acto mediante la aplicaci\u00f3n retroactiva de una norma distinta a la invocada originalmente.<\/p>\n\n\n\n<p>Ense\u00f1anzas estrat\u00e9gicas para el profesional tributario<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia deja varias lecciones de gran valor pr\u00e1ctico. En primer lugar, confirma que cuando el acto general que sirve de sustento a una liquidaci\u00f3n particular es anulado, los actos individuales no pueden subsistir, siempre que la situaci\u00f3n jur\u00eddica no est\u00e9 consolidada.<\/p>\n\n\n\n<p>En segundo lugar, delimita con claridad el alcance del restablecimiento del derecho. Si la Administraci\u00f3n no fund\u00f3 su actuaci\u00f3n en una norma alternativa vigente, el juez no puede ordenar una reliquidaci\u00f3n oficiosa del tributo. La consecuencia jur\u00eddica es la eliminaci\u00f3n total de la obligaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, el fallo resalta la importancia de analizar con precisi\u00f3n los efectos temporales de las sentencias constitucionales y contenciosas. No basta con identificar la declaratoria de inconstitucionalidad; es indispensable evaluar si el acto particular estaba ejecutoriado o en discusi\u00f3n para determinar si se beneficia de los efectos inmediatos del fallo.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, la decisi\u00f3n reafirma que el principio de seguridad jur\u00eddica protege tanto al contribuyente como al ordenamiento, evitando que la Administraci\u00f3n reconstruya ex post facto tributos carentes de soporte legal.<\/p>\n\n\n\n<p>Conclusi\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>El caso Celsia Colombia S.A. ESP constituye una gu\u00eda clara sobre los efectos de la p\u00e9rdida de fundamento jur\u00eddico de los actos administrativos en materia tributaria. Para el litigante, el mensaje es contundente: cuando el soporte normativo cae, el acto particular no se corrige, se extingue.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta sentencia fortalece la defensa t\u00e9cnica frente a contribuciones especiales y tasas administrativas, y recuerda que el respeto por los principios de legalidad, irretroactividad y debido proceso no es negociable, ni siquiera frente a tributos destinados a financiar funciones p\u00fablicas.<br><br><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cuando cae el fundamento jur\u00eddico del tributo: efectos de la inconstitucionalidad y nulidad de actos particulares Introducci\u00f3n En el derecho tributario y administrativo, pocas discusiones generan tanta incertidumbre como los efectos en el tiempo de las sentencias de inconstitucionalidad y de nulidad de actos generales. \u00bfQu\u00e9 ocurre con los actos particulares expedidos con base en<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_uag_custom_page_level_css":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-1279","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias"],"uagb_featured_image_src":{"full":false,"thumbnail":false,"medium":false,"medium_large":false,"large":false,"1536x1536":false,"2048x2048":false,"newsx-150x100":false,"newsx-330x220":false,"newsx-420x280":false,"newsx-510x340":false,"newsx-640x480":false,"newsx-670x370":false,"newsx-860x570":false,"newsx-1000x750":false,"newsx-1200x600":false},"uagb_author_info":{"display_name":"Luis Jimenez","author_link":"https:\/\/balancelegal.co\/?author=2"},"uagb_comment_info":0,"uagb_excerpt":"Cuando cae el fundamento jur\u00eddico del tributo: efectos de la inconstitucionalidad y nulidad de actos particulares Introducci\u00f3n En el derecho tributario y administrativo, pocas discusiones generan tanta incertidumbre como los efectos en el tiempo de las sentencias de inconstitucionalidad y de nulidad de actos generales. \u00bfQu\u00e9 ocurre con los actos particulares expedidos con base en","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1279","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1279"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1279\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1280,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1279\/revisions\/1280"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1279"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1279"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1279"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}