{"id":2221,"date":"2026-07-17T10:58:52","date_gmt":"2026-07-17T15:58:52","guid":{"rendered":"https:\/\/balancelegal.co\/?p=2221"},"modified":"2026-07-17T10:58:52","modified_gmt":"2026-07-17T15:58:52","slug":"78-estudiantes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/balancelegal.co\/?p=2221","title":{"rendered":"78-ESTUDIANTES"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Cuando el traslado pensional se declara ineficaz: la lecci\u00f3n que deja la Corte sobre deber de informaci\u00f3n, restituci\u00f3n integral y precedente judicial<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una lectura pedag\u00f3gica de la sentencia SL133-2026 para entender por qu\u00e9 una afiliaci\u00f3n pensional no se valida solo con una firma, qu\u00e9 significa devolver las cosas al estado anterior y c\u00f3mo se estudia un choque de criterios entre altas cortes.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Introducci\u00f3n<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para un estudiante de Derecho, los casos de traslado pensional pueden parecer, al comienzo, una discusi\u00f3n puramente administrativa: una persona estaba afiliada a un r\u00e9gimen, firm\u00f3 un formulario, pas\u00f3 a otro y a\u00f1os despu\u00e9s pidi\u00f3 regresar. Pero la sentencia SL133-2026 demuestra que detr\u00e1s de esa apariencia sencilla hay varias preguntas jur\u00eddicas de enorme importancia: \u00bfqu\u00e9 tan informada debe estar una persona antes de cambiar de r\u00e9gimen pensional?, \u00bfqu\u00e9 ocurre cuando esa informaci\u00f3n no se acredita?, \u00bfqu\u00e9 debe devolver una AFP cuando el traslado se declara ineficaz?, y \u00bfqu\u00e9 hace un juez cuando existen criterios distintos entre la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La providencia es especialmente \u00fatil para estudiantes porque permite estudiar, en un solo expediente, instituciones sustanciales y procesales: el deber de informaci\u00f3n, la ineficacia del acto jur\u00eddico, las restituciones, la naturaleza de la cotizaci\u00f3n obligatoria, la casaci\u00f3n por v\u00eda directa y el valor del precedente judicial. No se trata solamente de una afiliada que logr\u00f3 que se reconociera la ineficacia de su traslado. Se trata de una sentencia que ense\u00f1a c\u00f3mo razona la Sala Laboral cuando debe decidir qu\u00e9 efectos reales tiene borrar jur\u00eddicamente un traslado pensional que nunca debi\u00f3 producir consecuencias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La lecci\u00f3n central es clara: en seguridad social, la firma de un formulario no reemplaza la informaci\u00f3n suficiente, clara y completa. Y cuando el traslado se declara ineficaz, para la Corte Suprema no basta con devolver parcialmente los recursos; debe procurarse que la situaci\u00f3n vuelva, en lo posible, al estado en que habr\u00eda estado si el traslado nunca hubiera ocurrido.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 ocurri\u00f3 en el caso?<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Virginia de las Salas Bustos demand\u00f3 a Protecci\u00f3n S.A. y a Colpensiones para que se declarara la ineficacia del traslado que realiz\u00f3 del R\u00e9gimen de Prima Media con Prestaci\u00f3n Definida al R\u00e9gimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Seg\u00fan la demandante, estuvo afiliada al Instituto de Seguros Sociales, hoy Colpensiones, desde 1986 y se traslad\u00f3 al r\u00e9gimen privado en 1996 sin recibir informaci\u00f3n suficiente sobre las ventajas y desventajas de esa decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El juzgado de primera instancia declar\u00f3 la ineficacia del traslado y orden\u00f3 a Protecci\u00f3n S.A. devolver a Colpensiones varios conceptos, entre ellos aportes, rendimientos, intereses, sumas adicionales, seguros previsionales, bonos pensionales, primas de reaseguros y gastos de administraci\u00f3n. Adem\u00e1s, conden\u00f3 a Colpensiones al reconocimiento y pago de la pensi\u00f3n de vejez.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Tribunal Superior de Barranquilla confirm\u00f3 la ineficacia, pero modific\u00f3 los efectos econ\u00f3micos de la devoluci\u00f3n. En lugar de ordenar el retorno de todos los conceptos reconocidos en primera instancia, limit\u00f3 la condena a cotizaciones, rendimientos y bono pensional, de haberse pagado. Para ello tuvo en cuenta la sentencia SU-107 de 2024 de la Corte Constitucional, que restringi\u00f3 los valores a devolver en estos casos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Colpensiones recurri\u00f3 en casaci\u00f3n. Su inconformidad no estaba dirigida a negar la ineficacia del traslado, sino a discutir los valores que las AFP deb\u00edan entregar al R\u00e9gimen de Prima Media. La Corte Suprema, Sala de Casaci\u00f3n Laboral, cas\u00f3 parcialmente la sentencia del Tribunal y reiter\u00f3 su postura: declarada la ineficacia del traslado, las AFP que administraron los recursos deben devolver a Colpensiones los conceptos que integraron la cotizaci\u00f3n obligatoria, incluidos gastos de administraci\u00f3n, seguros previsionales, primas de reaseguros, aportes al Fondo de Garant\u00eda de Pensi\u00f3n M\u00ednima y dem\u00e1s rubros ordenados, debidamente indexados. Fuente integrada: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casaci\u00f3n Laboral, sentencia SL133-2026, rad. 08001-31-05-012-2022-00020-01, 11 de febrero de 2026.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Primera lecci\u00f3n: el deber de informaci\u00f3n no es un adorno<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La primera ense\u00f1anza para estudiantes es que el deber de informaci\u00f3n de las AFP no puede entenderse como una formalidad m\u00ednima. La Corte parte de una idea que ya es esencial en la jurisprudencia laboral: quien administra pensiones tiene una obligaci\u00f3n profesional de explicar al afiliado las implicaciones reales del traslado. Esa informaci\u00f3n debe permitir que la persona tome una decisi\u00f3n consciente, libre e ilustrada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el caso, el Tribunal hab\u00eda se\u00f1alado que no exist\u00eda constancia de que Protecci\u00f3n S.A. hubiera cumplido con ese deber de asesor\u00eda. Tambi\u00e9n explic\u00f3 que el formulario de afiliaci\u00f3n no era suficiente para demostrar que la afiliada recibi\u00f3 una orientaci\u00f3n completa sobre las consecuencias del cambio de r\u00e9gimen. Esta precisi\u00f3n es muy importante: una firma puede probar que se suscribi\u00f3 un documento, pero no necesariamente prueba que hubo comprensi\u00f3n informada del acto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para un estudiante, esta diferencia es fundamental. El Derecho no se limita a preguntar si alguien firm\u00f3. Tambi\u00e9n pregunta qu\u00e9 informaci\u00f3n recibi\u00f3, qui\u00e9n ten\u00eda el deber de suministrarla, qu\u00e9 consecuencias produjo el acto y si la parte profesional cumpli\u00f3 la carga que le correspond\u00eda. En materia pensional, esa carga pesa con especial intensidad sobre la administradora, porque es quien conoce el sistema, sus riesgos, sus beneficios y sus efectos futuros.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Segunda lecci\u00f3n: la ineficacia busca borrar los efectos del traslado<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La segunda ense\u00f1anza est\u00e1 en el concepto de ineficacia. La Corte Suprema explica que, cuando se declara la ineficacia del traslado pensional por incumplimiento del deber de informaci\u00f3n, la consecuencia es excluir los efectos del acto. En palabras sencillas, el sistema debe actuar como si ese traslado no hubiera existido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esa idea tiene un nombre t\u00e9cnico: efectos retroactivos o efectos ex tunc. Significa que la decisi\u00f3n no opera \u00fanicamente hacia el futuro, sino que intenta reconstruir la situaci\u00f3n jur\u00eddica desde el momento en que ocurri\u00f3 el acto ineficaz. Por eso la Corte insiste en que las cosas deben volver, en lo posible, al estado anterior a la vinculaci\u00f3n al r\u00e9gimen privado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta parte de la sentencia es clave para la formaci\u00f3n jur\u00eddica porque muestra que la ineficacia no es una simple etiqueta. Tiene consecuencias patrimoniales, administrativas y pensionales. Si la afiliada deb\u00eda entenderse como vinculada sin soluci\u00f3n de continuidad al R\u00e9gimen de Prima Media, entonces los recursos derivados de su cotizaci\u00f3n obligatoria deb\u00edan ingresar a ese r\u00e9gimen y no permanecer fraccionados en el RAIS.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Tercera lecci\u00f3n: la cotizaci\u00f3n obligatoria no se puede mirar por pedazos<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Uno de los puntos m\u00e1s pedag\u00f3gicos de la providencia es la explicaci\u00f3n sobre la naturaleza de los componentes de la cotizaci\u00f3n obligatoria. La Corte indica que, en el R\u00e9gimen de Ahorro Individual, la cotizaci\u00f3n se distribuye internamente en varios conceptos: una parte va a la cuenta individual, otra al Fondo de Garant\u00eda de Pensi\u00f3n M\u00ednima y otra a gastos de administraci\u00f3n, seguros previsionales, reaseguros y otros rubros propios del r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La discusi\u00f3n estaba en si, declarada la ineficacia, solo deb\u00edan devolverse las sumas que estaban disponibles en la cuenta individual o si tambi\u00e9n deb\u00edan retornarse los dem\u00e1s conceptos. Para la Corte Suprema, no tiene sentido fraccionar la cotizaci\u00f3n y devolver apenas una parte. La raz\u00f3n es que esos rubros no son pagos extra\u00f1os o independientes, sino componentes de una misma cotizaci\u00f3n obligatoria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta es una ense\u00f1anza muy \u00fatil para estudiantes: la naturaleza jur\u00eddica de un recurso importa. Si un dinero hace parte de una cotizaci\u00f3n obligatoria de naturaleza parafiscal y fue recaudado con ocasi\u00f3n de un acto declarado ineficaz, su tratamiento no puede analizarse como si se tratara de un gasto com\u00fan o de un pago voluntario aislado. El efecto de la ineficacia exige mirar la operaci\u00f3n completa y no solamente el saldo visible de la cuenta individual.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Cuarta lecci\u00f3n: el choque de precedentes tambi\u00e9n se estudia con m\u00e9todo<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia tambi\u00e9n sirve para estudiar un tema muy actual: qu\u00e9 ocurre cuando existen criterios distintos entre altas cortes. El Tribunal hab\u00eda seguido la sentencia SU-107 de 2024 de la Corte Constitucional, seg\u00fan la cual no era posible ordenar la devoluci\u00f3n de ciertos conceptos como gastos de administraci\u00f3n, primas de seguros o aportes al Fondo de Garant\u00eda de Pensi\u00f3n M\u00ednima, porque esos recursos habr\u00edan cumplido una funci\u00f3n dentro del sistema.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, la Corte Suprema reiter\u00f3 que se aparta de esa tesis. Para la Sala Laboral, si el traslado nunca debi\u00f3 producir efectos, las consecuencias de la ineficacia deben ser integrales. Permitir que las AFP conserven o no trasladen una parte de lo recaudado con fundamento en una afiliaci\u00f3n ineficaz podr\u00eda generar un beneficio econ\u00f3mico injustificado y romper la coherencia del sistema.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para el estudiante, la importancia de este punto no est\u00e1 solo en saber cu\u00e1l posici\u00f3n gan\u00f3 en este caso. La verdadera ense\u00f1anza est\u00e1 en aprender a leer el precedente. No basta decir que existe una sentencia de unificaci\u00f3n o una l\u00ednea de la Corte Suprema. Hay que identificar el problema jur\u00eddico, las razones de la decisi\u00f3n, el alcance del precedente y la justificaci\u00f3n que ofrece un tribunal cuando decide apartarse de una tesis. La jurisprudencia no se memoriza como una colecci\u00f3n de frases; se estudia como una construcci\u00f3n argumentativa.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Quinta lecci\u00f3n: la casaci\u00f3n no reabre todo el proceso<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia tambi\u00e9n permite aprender t\u00e9cnica de casaci\u00f3n. Colpensiones formul\u00f3 un cargo por la v\u00eda directa. Eso significa que la discusi\u00f3n planteada ante la Corte Suprema no buscaba reabrir la valoraci\u00f3n de las pruebas, sino resolver un problema jur\u00eddico: si el Tribunal aplic\u00f3 correctamente las consecuencias legales de la ineficacia del traslado y si pod\u00eda excluir determinados conceptos de la devoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Corte delimit\u00f3 con claridad lo que no estaba en discusi\u00f3n: la afiliaci\u00f3n inicial al ISS, el traslado al RAIS, los traslados entre AFP, la declaratoria de ineficacia y el reconocimiento pensional. El problema se concentr\u00f3 en determinar si el Tribunal se equivoc\u00f3 al excluir de los valores a entregar a Colpensiones los gastos de administraci\u00f3n, intereses, sumas adicionales, cuotas abonadas, seguros previsionales, primas de reaseguros y otros conceptos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto ense\u00f1a una regla b\u00e1sica para cualquier estudiante: en casaci\u00f3n, el problema jur\u00eddico debe formularse con precisi\u00f3n. La Corte no revisa el proceso como si fuera una tercera instancia general. Examina los cargos propuestos, dentro de la v\u00eda escogida y con las limitaciones propias del recurso extraordinario. Por eso, entender la diferencia entre v\u00eda directa y v\u00eda indirecta no es un lujo acad\u00e9mico; es una herramienta esencial para litigar.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Sexta lecci\u00f3n: todas las AFP involucradas pueden quedar cobijadas por los efectos de la ineficacia<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro punto relevante es que la Corte no limit\u00f3 los efectos de la ineficacia a la AFP que recibi\u00f3 inicialmente a la afiliada en el RAIS. La demandante tambi\u00e9n hab\u00eda pasado por Colfondos, Horizonte y Protecci\u00f3n. Frente a ello, la Sala record\u00f3 que la ineficacia del traslado de r\u00e9gimen cobija los actos posteriores de movilidad dentro del r\u00e9gimen privado, porque todos se originan en una vinculaci\u00f3n inicial que se entiende sin efectos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta parte es importante porque muestra la diferencia entre causar el acto inicial y administrar recursos derivados de ese acto. Aunque no todas las AFP participaron en la afiliaci\u00f3n inicial al RAIS, s\u00ed pudieron administrar cotizaciones durante el tiempo en que la afiliada permaneci\u00f3 en el r\u00e9gimen privado. Por eso la Corte orden\u00f3 que las administradoras que intervinieron trasladaran a Colpensiones los valores correspondientes al periodo en que tuvieron vinculada a la demandante.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para estudiantes, esta es una lecci\u00f3n sobre consecuencias jur\u00eddicas en cadena. Un acto ineficaz puede afectar no solo el momento inicial, sino tambi\u00e9n las actuaciones posteriores que dependieron de \u00e9l. En seguridad social, esa idea tiene efectos econ\u00f3micos muy concretos.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 deja esta sentencia para la formaci\u00f3n jur\u00eddica?<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia SL133-2026 deja varias ense\u00f1anzas duraderas. Primero, que el deber de informaci\u00f3n en materia pensional debe ser real, verificable y suficiente. Segundo, que el formulario de afiliaci\u00f3n no reemplaza por s\u00ed solo una asesor\u00eda adecuada. Tercero, que la ineficacia del traslado tiene efectos retroactivos y busca restaurar la situaci\u00f3n anterior. Cuarto, que la cotizaci\u00f3n obligatoria debe analizarse como una unidad y no como una suma de fragmentos desconectados. Quinto, que el precedente judicial exige lectura cr\u00edtica, especialmente cuando hay tensiones entre altas cortes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n deja una advertencia metodol\u00f3gica: los casos de seguridad social no se resuelven \u00fanicamente con sensibilidad social ni con intuiciones de justicia. Exigen identificar la norma aplicable, precisar la carga de la prueba, entender la naturaleza de los recursos, distinguir el alcance de las decisiones judiciales y formular correctamente los problemas jur\u00eddicos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En otras palabras, esta providencia ense\u00f1a a pensar como jurista. No basta saber que una persona pidi\u00f3 regresar a Colpensiones. Hay que entender qu\u00e9 acto jur\u00eddico se cuestiona, por qu\u00e9 se declara ineficaz, qu\u00e9 efectos produce esa declaraci\u00f3n y c\u00f3mo se distribuyen las responsabilidades entre las entidades del sistema.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Conclusi\u00f3n<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia SL133-2026 es una herramienta pedag\u00f3gica poderosa porque convierte un litigio pensional en una clase completa sobre deber de informaci\u00f3n, ineficacia, restituciones y precedente. Su mensaje principal es que el traslado pensional no se legitima solo con una firma cuando la administradora no demuestra que inform\u00f3 adecuadamente al afiliado. Y si ese traslado se declara ineficaz, sus efectos no pueden ser meramente simb\u00f3licos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para la Corte Suprema, devolver las cosas al estado anterior implica trasladar a Colpensiones los recursos que integraron la cotizaci\u00f3n obligatoria, incluidos aquellos conceptos que el Tribunal hab\u00eda excluido con apoyo en la SU-107 de 2024. Esa decisi\u00f3n muestra que la ineficacia, cuando se toma en serio, no permite reconstrucciones parciales que dejen por fuera rubros nacidos de un acto sin efectos jur\u00eddicos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para estudiantes, la gran lecci\u00f3n es esta: el Derecho exige mirar m\u00e1s all\u00e1 del documento firmado. Exige estudiar la informaci\u00f3n suministrada, la carga de la prueba, la naturaleza de los recursos, la consecuencia jur\u00eddica del acto ineficaz y la t\u00e9cnica procesal con la que se lleva el debate ante la Corte. Solo as\u00ed una sentencia deja de ser un texto dif\u00edcil y se convierte en una verdadera herramienta de aprendizaje.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Consejos para el lector estudiante<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u2022 <\/strong>Cuando estudies un caso de traslado pensional, no empieces por la conclusi\u00f3n. Identifica primero el r\u00e9gimen de origen, el r\u00e9gimen de destino, la fecha del traslado y qu\u00e9 informaci\u00f3n recibi\u00f3 el afiliado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u2022 <\/strong>No confundas firma con consentimiento informado. La existencia de un formulario puede ser relevante, pero no siempre demuestra que la persona entendi\u00f3 las consecuencias pensionales de su decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u2022 <\/strong>Cuando veas una declaratoria de ineficacia, preg\u00fantate qu\u00e9 significa realmente volver las cosas al estado anterior y qu\u00e9 recursos deben moverse para que esa consecuencia sea coherente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u2022 <\/strong>Estudia el precedente con m\u00e9todo. No basta citar la Corte Constitucional o la Corte Suprema; debes identificar el problema jur\u00eddico, la regla aplicable y las razones para seguir o apartarse de una l\u00ednea.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u2022 <\/strong>En casaci\u00f3n, revisa siempre la v\u00eda escogida. La v\u00eda directa discute errores jur\u00eddicos; la v\u00eda indirecta exige atacar la valoraci\u00f3n probatoria con t\u00e9cnica rigurosa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Balance Legal | Formaci\u00f3n jur\u00eddica clara, seria y \u00fatil<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cuando el traslado pensional se declara ineficaz: la lecci\u00f3n que deja la Corte sobre deber de informaci\u00f3n, restituci\u00f3n integral y precedente judicial Una lectura pedag\u00f3gica de la sentencia SL133-2026 para entender por qu\u00e9 una afiliaci\u00f3n pensional no se valida solo con una firma, qu\u00e9 significa devolver las cosas al estado anterior y c\u00f3mo se estudia<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_uag_custom_page_level_css":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-2221","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias"],"uagb_featured_image_src":{"full":false,"thumbnail":false,"medium":false,"medium_large":false,"large":false,"1536x1536":false,"2048x2048":false,"newsx-150x100":false,"newsx-330x220":false,"newsx-420x280":false,"newsx-510x340":false,"newsx-640x480":false,"newsx-670x370":false,"newsx-860x570":false,"newsx-1000x750":false,"newsx-1200x600":false},"uagb_author_info":{"display_name":"Luis Jimenez","author_link":"https:\/\/balancelegal.co\/?author=2"},"uagb_comment_info":0,"uagb_excerpt":"Cuando el traslado pensional se declara ineficaz: la lecci\u00f3n que deja la Corte sobre deber de informaci\u00f3n, restituci\u00f3n integral y precedente judicial Una lectura pedag\u00f3gica de la sentencia SL133-2026 para entender por qu\u00e9 una afiliaci\u00f3n pensional no se valida solo con una firma, qu\u00e9 significa devolver las cosas al estado anterior y c\u00f3mo se estudia","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2221","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2221"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2221\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2222,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2221\/revisions\/2222"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2221"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2221"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/balancelegal.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2221"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}