{"id":2852,"date":"2026-10-06T11:29:26","date_gmt":"2026-10-06T16:29:26","guid":{"rendered":"https:\/\/balancelegal.co\/?p=2852"},"modified":"2026-10-06T11:29:26","modified_gmt":"2026-10-06T16:29:26","slug":"127-estudiantes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/balancelegal.co\/?p=2852","title":{"rendered":"127-ESTUDIANTES"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfC\u00f3mo puede una entidad privada expedir actos administrativos? El caso de las c\u00e1maras de comercio explicado para estudiantes<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Balance Legal | Enfoque estudiantes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Fuente integrada: Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci\u00f3n Primera, sentencia de 19 de febrero de 2026, radicaci\u00f3n 73001-23-33-000-2006-01364-01, demandante y demandada C\u00e1mara de Comercio de Honda, tercero vinculado Corporaci\u00f3n Club Social Honda, consejero ponente Carlos Fernando Mantilla Navarro.<\/em><\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Introducci\u00f3n: lo privado y lo p\u00fablico pueden encontrarse en una misma actuaci\u00f3n<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando un estudiante comienza a estudiar derecho administrativo, suele aprender una idea aparentemente sencilla: los actos administrativos son expedidos por autoridades p\u00fablicas. Esa afirmaci\u00f3n sirve como punto de partida, pero no explica todos los casos. En determinadas situaciones, una entidad de naturaleza privada puede ejercer una funci\u00f3n que materialmente pertenece al \u00e1mbito administrativo y, al hacerlo, producir decisiones sometidas al control de la jurisdicci\u00f3n de lo contencioso administrativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia de 19 de febrero de 2026 del Consejo de Estado, dictada dentro del proceso promovido por la C\u00e1mara de Comercio de Honda contra un acto expedido por ella misma, permite comprender esta cuesti\u00f3n con un ejemplo concreto. La controversia gir\u00f3 alrededor de la cancelaci\u00f3n de la matr\u00edcula mercantil de la sociedad an\u00f3nima Club Deportivo de Honda, inscrita en 1995 por la c\u00e1mara de comercio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aunque la C\u00e1mara de Comercio de Honda era una entidad privada, el Consejo de Estado reconoci\u00f3 que el acto cuestionado hab\u00eda sido producido durante el ejercicio de una funci\u00f3n p\u00fablica: la administraci\u00f3n del registro mercantil. Por esa raz\u00f3n, la decisi\u00f3n pod\u00eda ser considerada un acto administrativo y pod\u00eda ser sometida al control de la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La providencia tambi\u00e9n hizo una precisi\u00f3n indispensable: que una c\u00e1mara de comercio ejerza algunas funciones p\u00fablicas no significa que todas sus actuaciones sean administrativas ni que todos sus actos tengan la naturaleza de actos administrativos. El an\u00e1lisis depende de la funci\u00f3n material que la entidad desarrolla en cada caso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci\u00f3n Primera, sentencia de 19 de febrero de 2026, radicaci\u00f3n 73001-23-33-000-2006-01364-01.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">El caso que lleg\u00f3 al Consejo de Estado<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Club Deportivo de Honda fue constituido como sociedad an\u00f3nima mediante escritura p\u00fablica del 29 de marzo de 1976. La C\u00e1mara de Comercio de Honda le asign\u00f3 la matr\u00edcula mercantil n\u00fam. 2334, que fue renovada durante varios a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En 1988, la asamblea de socios aprob\u00f3 cambiar la raz\u00f3n social de Club Deportivo de Honda a Club Social de Honda. Seg\u00fan los antecedentes recogidos en la sentencia, esa reforma no fue elevada a escritura p\u00fablica, aunque las renovaciones posteriores de la matr\u00edcula fueron presentadas bajo la nueva denominaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 3 de octubre de 1995 se solicit\u00f3 cancelar la matr\u00edcula del Club Social con el argumento de que se trataba de una instituci\u00f3n sin \u00e1nimo de lucro. La C\u00e1mara accedi\u00f3 a la petici\u00f3n y, mediante el Acto de Registro n\u00fam. 3102 del 20 de octubre de 1995, inscribi\u00f3 en el Libro XV la cancelaci\u00f3n de la matr\u00edcula mercantil n\u00fam. 2334, correspondiente a la sociedad an\u00f3nima Club Deportivo de Honda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A\u00f1os despu\u00e9s, la propia C\u00e1mara consider\u00f3 que hab\u00eda actuado equivocadamente. Sostuvo que la matr\u00edcula de una sociedad an\u00f3nima no deb\u00eda cancelarse sin que antes se surtieran las etapas de disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n. Por ello, acudi\u00f3 ante la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa para pedir la nulidad del acto que ella misma hab\u00eda expedido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La historia procesal termin\u00f3 con la declaraci\u00f3n de caducidad porque la demanda fue presentada m\u00e1s de diez a\u00f1os despu\u00e9s del registro. Sin embargo, antes de llegar a esa conclusi\u00f3n, el Consejo de Estado tuvo que resolver una cuesti\u00f3n fundamental: si una c\u00e1mara de comercio privada pod\u00eda producir un acto administrativo y demandarlo ante esa jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Primera idea: la naturaleza de la entidad no define por s\u00ed sola la naturaleza del acto<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia acogi\u00f3 un criterio material. Esto significa que, para establecer si existe un acto administrativo, no basta preguntar si la entidad que lo produjo es p\u00fablica o privada. Tambi\u00e9n debe analizarse qu\u00e9 actividad estaba desarrollando y qu\u00e9 clase de competencia ejerc\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una entidad privada puede realizar actuaciones propias de su organizaci\u00f3n interna, de sus relaciones contractuales o de su funcionamiento ordinario. Esas actuaciones no se convierten autom\u00e1ticamente en administrativas. Pero tambi\u00e9n puede recibir el encargo legal de cumplir una funci\u00f3n p\u00fablica que, en principio, corresponder\u00eda a una autoridad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando act\u00faa dentro de esa competencia p\u00fablica, la decisi\u00f3n debe estudiarse por su contenido material. La forma privada de la entidad no elimina el car\u00e1cter administrativo de la funci\u00f3n ejercida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La providencia, apoy\u00e1ndose en la jurisprudencia constitucional citada dentro del fallo, explic\u00f3 que las decisiones adoptadas por entidades privadas en ejercicio de funciones p\u00fablicas pueden tener car\u00e1cter de actos administrativos. Por ello, pueden ser objeto de las acciones previstas en la legislaci\u00f3n contencioso-administrativa.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Segunda idea: las c\u00e1maras de comercio son privadas, pero administran registros p\u00fablicos<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Consejo de Estado record\u00f3 que las c\u00e1maras de comercio pueden ejercer ciertas funciones propias del Estado. La sentencia mencion\u00f3 como ejemplos la administraci\u00f3n del registro mercantil y del registro \u00fanico de proponentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el registro mercantil se inscriben actuaciones que producen efectos sobre la vida jur\u00eddica de comerciantes y sociedades. La matr\u00edcula, las reformas, las designaciones y las cancelaciones no son simples notas internas de la c\u00e1mara. Integran un sistema registral administrado en cumplimiento de una funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La providencia cit\u00f3 el reconocimiento constitucional seg\u00fan el cual las c\u00e1maras de comercio asumieron la t\u00edpica funci\u00f3n p\u00fablica de llevar el registro mercantil. Al desarrollar esa funci\u00f3n, ejercen una competencia que, en principio, corresponder\u00eda a una autoridad administrativa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por esa raz\u00f3n, el Acto de Registro n\u00fam. 3102 no fue tratado como una simple decisi\u00f3n privada. Se trataba de la inscripci\u00f3n de la cancelaci\u00f3n de una matr\u00edcula mercantil, adoptada dentro de la funci\u00f3n registral encomendada a la C\u00e1mara de Comercio de Honda.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Tercera idea: no todas las actuaciones de una c\u00e1mara de comercio son actos administrativos<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia fue cuidadosa al evitar una generalizaci\u00f3n. El hecho de que las c\u00e1maras de comercio ejerzan funciones p\u00fablicas no significa que todas sus actuaciones se realicen mediante prerrogativas administrativas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tampoco significa que cualquier documento, contrato, comunicaci\u00f3n o decisi\u00f3n de una c\u00e1mara de comercio pueda calificarse autom\u00e1ticamente como acto administrativo. La calificaci\u00f3n depende de la funci\u00f3n espec\u00edfica ejercida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para un estudiante, esta distinci\u00f3n puede formularse mediante dos preguntas. La primera es qui\u00e9n produjo la decisi\u00f3n. La segunda, m\u00e1s importante en este contexto, es en ejercicio de qu\u00e9 funci\u00f3n la produjo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si la actuaci\u00f3n se relaciona con la administraci\u00f3n del registro mercantil, debe examinarse como parte de una funci\u00f3n p\u00fablica. Si corresponde a una actividad puramente privada de la entidad, no puede recibir el mismo tratamiento solo porque provenga de una c\u00e1mara de comercio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El criterio material impide dos errores opuestos. El primero ser\u00eda negar el car\u00e1cter administrativo de toda decisi\u00f3n producida por una entidad privada. El segundo ser\u00eda convertir en administrativos todos los actos de una entidad que solo ejerce funciones p\u00fablicas en \u00e1mbitos determinados.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 convierte al acto de registro en una decisi\u00f3n administrativa?<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el proceso, el acto cuestionado inscribi\u00f3 la cancelaci\u00f3n de una matr\u00edcula mercantil. Esa decisi\u00f3n modific\u00f3 la situaci\u00f3n registral de una sociedad espec\u00edfica y produjo consecuencias dentro de un registro administrado como funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No era una simple certificaci\u00f3n material sin efectos. La cancelaci\u00f3n se incorpor\u00f3 al registro y alter\u00f3 la forma en que la sociedad aparec\u00eda frente al sistema registral. Precisamente por eso, la C\u00e1mara acudi\u00f3 a\u00f1os despu\u00e9s ante el juez para intentar retirar la inscripci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La funci\u00f3n, el contenido y los efectos de la decisi\u00f3n explican su naturaleza administrativa. La entidad actu\u00f3 como administradora del registro mercantil, no como una organizaci\u00f3n privada resolviendo un asunto exclusivamente interno.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esa conclusi\u00f3n permiti\u00f3 al Consejo de Estado afirmar que los actos de registro mercantil pueden ser sometidos al control judicial de la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">\u00bfPor qu\u00e9 pod\u00eda la C\u00e1mara demandar un acto expedido por ella misma?<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C\u00e1mara de Comercio de Honda aparec\u00eda en el proceso como demandante y demandada. Esta circunstancia puede resultar extra\u00f1a, pero se explica porque la entidad buscaba obtener la nulidad judicial de una manifestaci\u00f3n administrativa propia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia calific\u00f3 esta actuaci\u00f3n como acci\u00f3n de lesividad. Mediante esta figura, una autoridad puede pedir al juez que retire del ordenamiento uno de sus actos cuando considera que fue expedido con desconocimiento de la Constituci\u00f3n o de la ley y que resulta perjudicial para los intereses jur\u00eddicos que debe proteger.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C\u00e1mara pod\u00eda utilizar esta v\u00eda porque, al expedir el registro, hab\u00eda actuado en ejercicio de una funci\u00f3n administrativa. La naturaleza privada de la entidad no le imped\u00eda someter su acto al control de legalidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, la sentencia aclar\u00f3 que esa posibilidad no la liberaba de cumplir los presupuestos procesales. La C\u00e1mara deb\u00eda escoger la acci\u00f3n adecuada y demandar dentro del t\u00e9rmino legal. La condici\u00f3n de autora del acto no creaba un poder ilimitado para cuestionarlo en cualquier momento.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">La jurisdicci\u00f3n competente depende de la funci\u00f3n ejercida<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El razonamiento de la providencia permite comprender por qu\u00e9 el asunto lleg\u00f3 al Consejo de Estado. Si el acto hab\u00eda sido expedido durante el ejercicio de una funci\u00f3n administrativa, su control correspond\u00eda a la jurisdicci\u00f3n de lo contencioso administrativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La competencia judicial no se defini\u00f3 \u00fanicamente porque una c\u00e1mara de comercio estuviera involucrada. Se defini\u00f3 por la naturaleza material de la actuaci\u00f3n cuestionada: una inscripci\u00f3n dentro del registro mercantil.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta idea es esencial para la formaci\u00f3n jur\u00eddica. Antes de decidir d\u00f3nde debe discutirse una controversia, el abogado debe identificar la funci\u00f3n ejercida, la naturaleza del acto y el r\u00e9gimen que gobierna su control.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La misma entidad puede desarrollar actuaciones de distinta naturaleza. Por ello, no es correcto asignar autom\u00e1ticamente todas sus controversias a una sola jurisdicci\u00f3n sin revisar el contenido concreto de la actuaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Acto administrativo y acto de contenido particular no son categor\u00edas incompatibles<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Acto de Registro n\u00fam. 3102 era administrativo, pero sus efectos reca\u00edan sobre una sociedad determinada. Ten\u00eda, por tanto, contenido particular y concreto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ser acto administrativo no significa necesariamente tener efectos generales. Una decisi\u00f3n administrativa puede estar dirigida a una sola persona, modificar una situaci\u00f3n individual o extinguir una posici\u00f3n jur\u00eddica espec\u00edfica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este caso, la cancelaci\u00f3n de la matr\u00edcula afectaba directamente al Club Deportivo de Honda y a quienes estaban vinculados con la sociedad. Esa caracter\u00edstica fue determinante para decidir cu\u00e1l acci\u00f3n procesal deb\u00eda utilizarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia concluy\u00f3 que la simple nulidad no era el mecanismo adecuado porque la eliminaci\u00f3n del acto producir\u00eda un restablecimiento autom\u00e1tico: la cancelaci\u00f3n quedar\u00eda sin inscripci\u00f3n y la situaci\u00f3n registral anterior reaparecer\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta parte del fallo ense\u00f1a que la naturaleza administrativa del acto y el car\u00e1cter particular de sus efectos son preguntas diferentes. La primera permite establecer si existe control contencioso-administrativo. La segunda ayuda a definir la acci\u00f3n procedente.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Registro mercantil y registro inmobiliario: la sentencia exigi\u00f3 distinguir<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 84 del C\u00f3digo Contencioso Administrativo mencionaba los actos de certificaci\u00f3n y registro dentro de las decisiones susceptibles de simple nulidad. Sin embargo, la Sala se\u00f1al\u00f3 que no todos los registros deb\u00edan tratarse de la misma manera.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La providencia record\u00f3 que las anotaciones del registro inmobiliario tienen una especial trascendencia por su relaci\u00f3n con el derecho de dominio dentro del sistema jur\u00eddico, pol\u00edtico, econ\u00f3mico y social. Esa consideraci\u00f3n hab\u00eda permitido admitir la simple nulidad aun cuando las anotaciones produjeran efectos particulares.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Frente al registro mercantil, la Secci\u00f3n Primera hab\u00eda mantenido una distinci\u00f3n. Cuando el acto crea una situaci\u00f3n exclusivamente individual y concreta relacionada con una sociedad y sus integrantes, la v\u00eda ordinaria es la nulidad y restablecimiento del derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ense\u00f1anza para estudiantes es clara: una misma palabra legal no siempre produce una respuesta id\u00e9ntica. Es necesario observar la clase de registro, los intereses comprometidos y los efectos concretos de la decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">La decisi\u00f3n final del Consejo de Estado<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Sala reconoci\u00f3 que la C\u00e1mara de Comercio de Honda pod\u00eda demandar su propio acto porque este hab\u00eda sido expedido en ejercicio de la funci\u00f3n p\u00fablica de registro mercantil.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n concluy\u00f3 que la acci\u00f3n inicialmente escogida no era la adecuada. La demanda hab\u00eda sido presentada como simple nulidad, pero la eventual anulaci\u00f3n habr\u00eda restablecido autom\u00e1ticamente la situaci\u00f3n de la sociedad. Por esa raz\u00f3n, la Sala adecu\u00f3 el proceso a la nulidad y restablecimiento del derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Despu\u00e9s de realizar esa adecuaci\u00f3n, verific\u00f3 que la acci\u00f3n estaba caducada. El acto hab\u00eda sido expedido el 20 de octubre de 1995 y la demanda fue presentada el 9 de junio de 2006, cuando ya hab\u00eda transcurrido ampliamente el t\u00e9rmino de dos a\u00f1os aplicable a la demanda contra el propio acto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Consejo de Estado revoc\u00f3 la sentencia de primera instancia y declar\u00f3 probada de oficio la caducidad. Por ello, no estudi\u00f3 si la cancelaci\u00f3n de la matr\u00edcula hab\u00eda sido materialmente legal o ilegal.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">C\u00f3mo analizar casos similares en clase o en un examen<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El primer paso consiste en identificar la entidad que produjo la decisi\u00f3n, pero el an\u00e1lisis no debe terminar all\u00ed. Debe establecerse si actu\u00f3 dentro de una funci\u00f3n p\u00fablica o de una actividad privada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El segundo paso es revisar el contenido del acto. En este caso, se trataba de una inscripci\u00f3n que cancel\u00f3 una matr\u00edcula mercantil y modific\u00f3 la situaci\u00f3n registral de una sociedad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El tercero es determinar los efectos. La decisi\u00f3n no era general: reca\u00eda sobre una persona jur\u00eddica concreta. Esa caracter\u00edstica incid\u00eda en la elecci\u00f3n del mecanismo procesal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El cuarto es definir la jurisdicci\u00f3n competente. Al provenir del ejercicio de una funci\u00f3n administrativa, el acto pod\u00eda ser controlado por la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El quinto es verificar la acci\u00f3n y el t\u00e9rmino. La existencia de un acto administrativo no significa que cualquier mecanismo sea procedente ni que pueda demandarse indefinidamente.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Lecciones centrales para estudiantes de derecho<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La primera lecci\u00f3n es que una entidad privada puede ejercer funciones p\u00fablicas cuando la ley le conf\u00eda una actividad administrativa espec\u00edfica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La segunda es que las decisiones adoptadas dentro de esa funci\u00f3n pueden tener car\u00e1cter de actos administrativos y ser controladas por la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La tercera es que no todos los actos de la entidad privada se convierten en administrativos. La calificaci\u00f3n depende de la funci\u00f3n material desarrollada en cada situaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cuarta es que un acto administrativo puede ser particular y concreto. En este caso, la cancelaci\u00f3n afectaba a una sociedad determinada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La quinta es que la naturaleza del acto, la acci\u00f3n procedente y la caducidad son problemas distintos. Resolver uno no elimina la necesidad de examinar los dem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sexta es que una autoridad o entidad que ejerce funciones p\u00fablicas puede demandar su propio acto, pero debe hacerlo por el mecanismo correspondiente y dentro del plazo legal.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Conclusi\u00f3n<\/h1>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia de la C\u00e1mara de Comercio de Honda demuestra que el derecho administrativo no se define \u00fanicamente por la naturaleza p\u00fablica o privada de quien act\u00faa. Tambi\u00e9n se define por la funci\u00f3n que se ejerce.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C\u00e1mara era una entidad privada, pero al administrar el registro mercantil desarrollaba una funci\u00f3n p\u00fablica. La cancelaci\u00f3n de la matr\u00edcula del Club Deportivo de Honda fue adoptada dentro de esa funci\u00f3n y, por ello, pod\u00eda ser considerada un acto administrativo sometido al control de la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al mismo tiempo, la providencia evit\u00f3 una conclusi\u00f3n excesiva: no todas las actuaciones de una c\u00e1mara de comercio son administrativas. Cada decisi\u00f3n debe estudiarse seg\u00fan su funci\u00f3n, contenido y efectos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para quien se est\u00e1 formando como abogado, la ense\u00f1anza puede resumirse en una pregunta decisiva: no basta saber qui\u00e9n expidi\u00f3 el acto; tambi\u00e9n hay que saber en ejercicio de qu\u00e9 funci\u00f3n lo hizo. Esa diferencia permite identificar la naturaleza jur\u00eddica de la decisi\u00f3n, la jurisdicci\u00f3n competente y el camino procesal que debe seguirse.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfC\u00f3mo puede una entidad privada expedir actos administrativos? El caso de las c\u00e1maras de comercio explicado para estudiantes Balance Legal | Enfoque estudiantes Fuente integrada: Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci\u00f3n Primera, sentencia de 19 de febrero de 2026, radicaci\u00f3n 73001-23-33-000-2006-01364-01, demandante y demandada C\u00e1mara de Comercio de Honda, tercero vinculado Corporaci\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_uag_custom_page_level_css":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-2852","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias"],"uagb_featured_image_src":{"full":false,"thumbnail":false,"medium":false,"medium_large":false,"large":false,"1536x1536":false,"2048x2048":false,"newsx-150x100":false,"newsx-330x220":false,"newsx-420x280":false,"newsx-510x340":false,"newsx-640x480":false,"newsx-670x370":false,"newsx-860x570":false,"newsx-1000x750":false,"newsx-1200x600":false},"uagb_author_info":{"display_name":"Luis Jimenez","author_link":"https:\/\/balancelegal.co\/?author=2"},"uagb_comment_info":0,"uagb_excerpt":"\u00bfC\u00f3mo puede una entidad privada expedir actos administrativos? 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