Corte Suprema confirma que las ARL deben pagar intereses por pensiones de sobrevivientes demoradas
Introducción
El 12 de febrero de 2025, la Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, profirió la sentencia SL792-2025 en un caso contra la ARL Positiva S.A., donde los padres de un trabajador fallecido reclamaban la pensión de sobrevivientes.
La Corte no solo confirmó el derecho de los padres a la prestación, sino que además ordenó el pago de intereses moratorios, enviando un mensaje contundente a las aseguradoras: no pueden negar derechos con investigaciones deficientes ni dilatar los trámites.
El caso
– El trabajador falleció afiliado a la ARL Positiva S.A.
– Sus padres reclamaron la pensión de sobrevivientes (art. 47 Ley 100 de 1993, mod. art. 13 Ley 797 de 2003; art. 11 Ley 776 de 2002).
– La ARL negó el derecho, alegando falta de dependencia económica.
– El proceso llegó a la Corte, que concluyó que sí había dependencia, pues los aportes del hijo eran necesarios para el mínimo vital de sus padres.
Decisión de la Corte
La Sala Laboral resolvió:
1. Reconocer la pensión de sobrevivientes a los padres.
2. Condenar a la ARL Positiva S.A. al pago de intereses moratorios (art. 141 Ley 100/93; Ley 717/2001), por haber incurrido en mora en el reconocimiento.
3. Recordar que los intereses son resarcitorios, no sancionatorios, y proceden por el simple hecho de la mora.
Impacto actual
Este fallo tiene gran relevancia en el panorama laboral y de la seguridad social:
– Para las familias: protege a los padres que dependían económicamente de sus hijos, evitando que la demora administrativa afecte su mínimo vital.
– Para las aseguradoras: establece que no basta una valoración superficial; deben realizar investigaciones serias antes de negar un derecho.
– Para el sistema judicial: fortalece la doctrina sobre la aplicación de intereses moratorios, consolidando seguridad jurídica.
La Corte también reconoció que existen excepciones para no aplicar intereses (cuando hay interpretación razonable de la ley, cambios jurisprudenciales o disputa legítima entre beneficiarios), pero aclaró que ninguna aplicaba en este caso.
Finalmente, se registró una aclaración de voto, donde un magistrado advirtió que la Sala fue contradictoria al analizar la buena fe de la administradora, abriendo debate sobre el futuro de esta figura.
Conclusión
La sentencia SL792-2025 confirma que las ARL deben responder con intereses cuando se demoran en reconocer pensiones de sobrevivientes.
– Refuerza la protección del mínimo vital de los padres.
– Exige mayor responsabilidad a las aseguradoras.
– Fortalece la seguridad jurídica en la aplicación de intereses moratorios.
En un país donde muchas familias dependen del ingreso de un solo miembro, este fallo es un recordatorio de que la seguridad social no puede quedar a merced de la negligencia administrativa: la justicia debe garantizar oportunidad, equidad y dignidad humana.

