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25- TRIBUTARIO

Aspectos Internacionales según Resolución 227 de 2025

Introducción

La Resolución 227 de 2025 de la DIAN dedica el Título 6 de la Parte 1 – Tributaria a los aspectos internacionales. En este apartado se compilan y regulan obligaciones de reporte, procedimientos y certificaciones que tienen impacto en la tributación internacional de los contribuyentes. Este marco es clave para quienes realizan operaciones transfronterizas, participan en esquemas de precios de transferencia, o requieren certificaciones de residencia fiscal.

1. MAPS (Mutual Agreement Procedures)

El Capítulo 1 (arts. 1.6.1.1 y ss.) desarrolla los procedimientos de acuerdos mutuos (MAPS) en el marco de convenios internacionales para evitar la doble imposición. La resolución establece:
– La obligación de los contribuyentes de presentar solicitudes claras y documentadas (art. 1.6.1.1).
– La competencia de la DIAN para analizar y tramitar estas solicitudes conforme a los convenios (art. 1.6.1.2).
– Los plazos y efectos de la aceptación o rechazo de la solicitud (art. 1.6.1.3).

2. Listado de Nuevos Países Cooperantes

El Capítulo 2 (arts. 1.6.2.1 y ss.) incorpora el listado actualizado de países cooperantes en materia de intercambio de información tributaria. Este listado es determinante para efectos de retenciones, beneficios de convenios y aplicación de medidas de control fiscal internacional.

3. Procedimiento para la presentación del Informe País por País

El Capítulo 3 (arts. 1.6.3.1 y siguientes) regula el procedimiento para presentar el Informe País por País, dirigido a grupos multinacionales con presencia en Colombia. Este informe busca garantizar la transparencia fiscal y el control de prácticas de evasión internacional.

Los puntos principales son:
– Sujetos obligados a presentar el informe según los umbrales definidos (art. 1.6.3.1).
– La estructura del reporte, alineada con el estándar BEPS de la OCDE (art. 1.6.3.2).
– La periodicidad anual y plazos de presentación (art. 1.6.3.3).
– La obligación de transmitir electrónicamente el informe a través de los servicios dispuestos por la DIAN (art. 1.6.3.4).

4. Declaración Informativa de Precios de Transferencia

El Capítulo 4 (arts. 1.6.4.1 a 1.6.4.5) desarrolla los procedimientos de precios de transferencia. Incluye la obligación de presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia mediante el Formulario 120, así como la notificación del Informe País por País, el Informe Local y el Informe Maestro.

Aspectos clave:
– Sujetos obligados de acuerdo con los montos y operaciones con vinculados económicos (art. 1.6.4.1).
– Contenido y estructura del Informe Local, con detalle de operaciones y documentación de soporte (art. 1.6.4.2).
– Contenido y requisitos del Informe Maestro, que resume la política global del grupo multinacional (art. 1.6.4.3).
– Procedimientos de notificación del Informe País por País (art. 1.6.4.4).
– Plazos, contingencias y sanciones aplicables en caso de incumplimiento (art. 1.6.4.5).

5. Impuesto sobre las Ventas (IVA) desde el exterior

El Capítulo 5 (arts. 1.6.5.1 y ss.) regula el IVA generado en operaciones desde el exterior. Esto incluye la obligación de plataformas digitales y proveedores extranjeros de inscribirse en el RUT, facturar y declarar el IVA por servicios prestados a consumidores en Colombia.

6. Certificado de Residencia Fiscal

El Capítulo 6 (arts. 1.6.6.1 y siguientes) regula la expedición del Certificado de Residencia Fiscal. Este documento acredita la condición de residente en Colombia para efectos de aplicación de convenios y beneficios tributarios internacionales.

7. Registro de Contratos de Importación de Tecnología

El Capítulo 7 (arts. 1.6.7.1 y ss.) establece las reglas para el registro de contratos de importación de tecnología, incluyendo licencias de know-how, asistencia técnica y regalías. La inscripción es requisito para efectos tributarios y de control cambiario.

8. Información FATCA

El Capítulo 8 (arts. 1.6.8.1 y siguientes) regula la información exigida en virtud del Acuerdo entre Colombia y Estados Unidos para implementar la Ley FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act). Las instituciones financieras deben reportar cuentas de ciudadanos o residentes estadounidenses en Colombia, siguiendo el esquema de reporte automático a la DIAN.

9. Intercambio de Información conforme a la Ley 1661 de 2013 y la Convención OCDE

El Capítulo 9 (arts. 1.6.9.1 y ss.) regula la obligación de las instituciones financieras de suministrar información conforme a la Ley 1661 de 2013 y la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal. Se establecen los estándares de intercambio automático de información financiera con otros países miembros.

10. Intercambio de Información de Plataformas Digitales

El Capítulo 10 (arts. 1.6.10.1 y siguientes) establece reglas para el intercambio de información sobre ingresos obtenidos a través de plataformas digitales. La DIAN podrá exigir a estas plataformas el reporte de información de los usuarios para efectos de control tributario internacional.

Conclusión

El Título 6 de la Resolución 227 de 2025 (arts. 1.6.1.1 al 1.6.10.1) constituye un marco integral para la tributación internacional en Colombia. A través de sus disposiciones se busca garantizar la transparencia fiscal, la cooperación internacional y el control de operaciones transfronterizas. Los contribuyentes con vínculos internacionales deben prestar especial atención a estos capítulos, pues de su cumplimiento depende el acceso a beneficios de convenios, la validez de operaciones internacionales y la mitigación de sanciones.

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