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31- ACTUALIDAD

Consejo de Estado anula sanción de la DIAN a Omega Energy por incompetencia de la autoridad

El Consejo de Estado, Sección Cuarta, en sentencia del 24 de julio de 2025 (Rad. 25000-23-37-000-2021-00713-01, Exp. 29155, ponencia de Wilson Ramos Girón (E)), declaró la nulidad de la sanción impuesta por la DIAN – Dirección Seccional de Barranquilla contra Omega Energy Colombia S.A., gran contribuyente, por no presentar declaraciones de retención en la fuente correspondientes al impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, en los periodos de 2014.

El alto tribunal concluyó que los actos fueron expedidos por una autoridad sin competencia funcional, lo que los hace nulos de pleno derecho, incluso si la empresa incumplió materialmente la obligación de declarar.

📌 El caso paso a paso
1. Omega Energy Colombia S.A., como gran contribuyente, debía cumplir con las obligaciones de retención en la fuente del CREE en 2014.
2. La DIAN Barranquilla expidió actos sancionatorios por no presentar dichas declaraciones.
3. La sociedad demandó los actos alegando que, por ser gran contribuyente, solo la Dirección de Grandes Contribuyentes en Bogotá podía imponer sanciones.
4. La DIAN defendió que la competencia debía entenderse según la territorialidad y el lugar donde se desarrollaban los hechos imponibles.

⚖️ Lo que decidió el Consejo de Estado
El Consejo de Estado revisó el Estatuto Tributario (arts. 555-2 y 555-3), el Decreto 4048 de 2008 y las resoluciones internas de la DIAN sobre grandes contribuyentes, concluyendo que:

– La Dirección de Grandes Contribuyentes tiene competencia exclusiva para la fiscalización y sanción de estos sujetos.
– No existía delegación expresa hacia la Dirección Seccional de Barranquilla.
– Por tanto, los actos sancionatorios fueron expedidos por autoridad incompetente, incurriendo en un vicio de nulidad insubsanable.

La Sala reiteró que la competencia funcional no es un simple formalismo, sino una garantía constitucional ligada al principio del juez natural administrativo: solo la autoridad asignada por la ley puede imponer sanciones.

🚀 Impacto de la decisión
Esta sentencia marca un precedente relevante en el ámbito tributario:
– Refuerza la seguridad jurídica: ninguna sanción puede sostenerse si proviene de autoridad incompetente.
– Protege a grandes contribuyentes, pues cualquier acto emitido por direcciones seccionales carece de validez si no hay delegación.
– Resalta el control de legalidad: aun cuando el contribuyente haya incumplido, la sanción no procede si la autoridad que la impuso no era la competente.
– Defensa procesal estratégica: los abogados tributaristas deben revisar siempre qué dependencia de la DIAN expide los actos, porque un error en la competencia puede anular sanciones millonarias.

✅ Conclusión
El fallo a favor de Omega Energy Colombia S.A. envía un mensaje claro: la legalidad de los actos tributarios depende no solo del fondo, sino también de la competencia y las formas. Para la DIAN, es un llamado a respetar estrictamente su estructura interna y la asignación de funciones. Para los contribuyentes y sus defensores, es un recordatorio de que en materia tributaria, un vicio formal puede tener el mismo peso que un argumento de fondo.

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