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33- LITIGIOS

Ineficacia del traslado pensional y devolución de saldos: precisiones jurisprudenciales vigentes para la práctica profesional

Introducción

La movilidad entre los regímenes pensionales del Sistema General de Pensiones ha sido una de las fuentes más frecuentes de litigio en Colombia. En particular, los traslados realizados sin información suficiente y las consecuencias jurídicas de la devolución de saldos han generado debates complejos sobre la posibilidad de retornar al régimen anterior y acceder a una pensión de vejez.

La sentencia SL1006-2025 de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ofrece una precisión relevante y vigente sobre estos temas, al delimitar el alcance de la ineficacia del traslado pensional y los efectos jurídicos que produce la devolución de saldos dentro del régimen de ahorro individual.

I. El problema jurídico abordado por la Corte

El caso analizado por la Corte se centró en determinar si una persona que había recibido la devolución de saldos en el régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) podía posteriormente solicitar la ineficacia del traslado desde el régimen de prima media (RPM) y acceder a una pensión de vejez.

El debate involucró la interpretación del régimen de transición previsto en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, el deber de información de las administradoras de fondos de pensiones y la naturaleza jurídica de la devolución de saldos como prestación subsidiaria.

II. Régimen jurídico aplicable y deber de información

La Corte reiteró que el traslado entre regímenes pensionales exige el cumplimiento estricto del deber de información por parte de las administradoras de fondos de pensiones. Este deber no se agota en una simple manifestación formal del afiliado, sino que implica brindar información clara, suficiente y comprensible sobre las consecuencias económicas y jurídicas del cambio de régimen.

Cuando dicho deber se incumple, el traslado puede ser declarado ineficaz. Sin embargo, la Sala precisó que la declaratoria de ineficacia no opera de manera automática ni desconoce los efectos jurídicos consolidados que se hayan producido con posterioridad al traslado.

III. Devolución de saldos y situación jurídica consolidada

Uno de los aportes centrales de la sentencia SL1006-2025 consiste en la delimitación del alcance jurídico de la devolución de saldos. La Corte recordó que esta figura constituye una prestación subsidiaria que se reconoce cuando no se cumplen los requisitos para acceder a una pensión.

Una vez la devolución de saldos ha sido reconocida y pagada, se configura una situación jurídica consolidada que impide el reconocimiento posterior de la pensión de vejez, aun cuando se alegue la ineficacia del traslado. En estos eventos, la devolución de saldos no se entiende como un simple anticipo, sino como la extinción definitiva del vínculo pensional.

IV. Alcance práctico de la ineficacia del traslado

La Corte fue clara en señalar que la ineficacia del traslado no puede utilizarse para revivir derechos pensionales ya extinguidos. Si bien la jurisprudencia ha protegido a los afiliados frente a traslados realizados sin información suficiente, dicha protección encuentra un límite cuando el afiliado ha optado por recibir una prestación incompatible con la pensión.

En este sentido, la Sala precisó que la devolución de saldos y la pensión de vejez son prestaciones mutuamente excluyentes, lo que impide su coexistencia o compensación posterior.

V. Enseñanzas para la práctica profesional

La sentencia SL1006-2025 deja varias lecciones relevantes para abogados y asesores en materia pensional:

Primero, la ineficacia del traslado exige un análisis riguroso del momento en que se solicita y de los actos jurídicos ya consolidados.

Segundo, la devolución de saldos marca un punto de no retorno en la relación pensional, salvo supuestos excepcionales expresamente previstos en la ley.

Tercero, la asesoría previa al retiro de saldos resulta determinante, pues sus efectos son definitivos y no reversibles mediante acciones judiciales posteriores.

Conclusión

La sentencia SL1006-2025 reafirma criterios jurisprudenciales vigentes en materia de ineficacia del traslado pensional y efectos de la devolución de saldos. Lejos de introducir cambios normativos, el fallo consolida límites claros a la protección judicial del afiliado, en aras de preservar la seguridad jurídica del sistema pensional.

Para la práctica profesional, este pronunciamiento constituye una guía relevante para evaluar la viabilidad de reclamaciones pensionales y para estructurar una asesoría responsable frente a decisiones que producen efectos jurídicos definitivos.

Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, sentencia SL1006-2025.

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