TRIBUTARIO

En épocas de crisis, los errores procesales cuestan más que dinero: pueden definir el futuro tributario de una empresa. La pandemia transformó no solo la operación empresarial, sino también la forma en que el Estado debía relacionarse con los contribuyentes. Una reciente decisión del Consejo de Estado ofrece una enseñanza estratégica y poderosa para empresarios y profesionales del derecho: en medio de la emergencia sanitaria, la DIAN debía notificar electrónicamente… y no hacerlo tiene consecuencias jurídicas profundas.

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La Corte Constitucional profirió la Sentencia SU-277 de 2025, que marcó un antes y un después en la supervisión del sistema de salud en Colombia.
En ella, la Sala Plena amparó el derecho fundamental al debido proceso de EPS Sanitas y sus accionistas, al dejar sin efectos la intervención forzosa administrativa ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud.
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La sentencia SC1646-2025 de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia es un pronunciamiento de especial relevancia para el litigante. En ella se reitera, con rigor técnico, que el derecho de acción no es absoluto, pero tampoco frágil: su ejercicio solo genera responsabilidad civil cuando se prueba un abuso cualificado, no por el simple hecho de perder un proceso o de que prosperen excepciones dentro de él.
En la formación jurídica, uno de los mayores desafíos para los estudiantes es comprender que no todos los errores cometidos en un proceso judicial pueden corregirse después. Muchas veces se piensa que, si un juez decide en contra, siempre existirá un recurso para “arreglar” lo que salió mal. La sentencia SC692-2025 de la Corte Suprema de Justicia demuestra que esa idea es equivocada.
Los demandantes interpusieron una acción de reparación directa contra el Estado por la muerte de Fabio Enrique Fajardo Avendaño, presuntamente causada por agentes del Ejército. Aunque la demanda fue admitida en 2010, en la sentencia de 2019 el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca declaró la falta de legitimación material en la causa por activa, al no haberse aportado los registros civiles que acreditaban el parentesco y estado civil.
Eso fue lo que pasó con Bancoomeva S.A., una entidad que terminó sancionada por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) luego de cobrar intereses por encima de lo permitido por la ley a miles de usuarios de tarjetas de crédito MasterCard
El Consejo de Estado le dio la razón a E2 Energía Eficiente y anuló el cobro, recordando que ninguna autoridad puede aplicar una disposición sin vigencia o contraria a la Constitución. El caso se volvió un símbolo de cómo, en Colombia, incluso el Estado puede equivocarse… y cómo una empresa que conoce sus derechos puede salvar su patrimonio
La controversia surgió cuando KMA Construcciones declaró el ICA correspondiente al año 2013 ante el Distrito de Cartagena. La empresa indicó que una parte significativa de sus ingresos provenía de obras ejecutadas en otros municipios, por lo que no debían integrar la base gravable en Cartagena. La administración territorial rechazó buena parte de estos ingresos atribuibles a jurisdicciones distintas, cuestionó la validez de los certificados contables aportados y concluyó que la declaración contenía inconsistencias sustanciales
La Sentencia SU-277 de 2025, proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional, representa un punto de inflexión en la relación entre la jurisdicción constitucional y las facultades administrativas de la Superintendencia Nacional de Salud.
El fallo estudió la acción de tutela interpuesta por EPS Sanitas y sus accionistas contra la medida de intervención forzosa administrativa dictada por la Supersalud.

La Corte Constitucional profirió la Sentencia SU-277 de 2025, que marcó un antes y un después en la supervisión del sistema de salud en Colombia.
En ella, la Sala Plena amparó el derecho fundamental al debido proceso de EPS Sanitas y sus accionistas, al dejar sin efectos la intervención forzosa administrativa ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud.
En Colombia, los impuestos parecen llegar antes que las explicaciones. A veces, las entidades cobran sin mirar el calendario o sin comprobar si el contribuyente realmente recibe el servicio. Eso fue lo que vivió Perenco Colombia Limited, una empresa del sector petrolero que terminó enfrentando un cobro multimillonario del impuesto de alumbrado público en el municipio de Aguazul (Casanare). El caso llegó hasta el Consejo de Estado, y la decisión se convirtió en una lección nacional sobre cómo proteger las finanzas frente a los errores de la administración tributaria.
Balance Legal analiza este fallo para mostrar cómo una empresa logró revertir una liquidación oficial simplemente porque la notificación se hizo por el medio equivocado. Una lección magistral de oportunidad, procedimiento y defensa efectiva.









